Por un acceso efectivo a la Justicia de las mujeres con discapacidad

Manifiesto de Edeka para el 25 de noviembre, día internacional contra la violencia hacia las mujeres

Reconociendo que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, por tanto, España tendrá que adoptar medidas para garantizarles el pleno ejercicio y goce, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales establecidos en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por nuestro país y en vigor como parte integrante de nuestro ordenamiento jurídico (CDPD, Art. 6)

Denunciando la mayor vulnerabilidad de las niñas y mujeres con discapacidad a ser víctimas de abusos y violencia, incluso por parte de aquellas personas de quienes dependen para su atención, apoyos y en su caso cuidados (CDPD. Art. 16)

Tomando en consideración la necesidad de asegurar que las niñas y mujeres con discapacidad tengan un acceso efectivo a la justicia en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía, (CDPD, Art. 13), la Coordinadora Vasca de Representantes de personas con discapacidad EDEKA, DEMANDA en el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer:

1. El reconocimiento de la discriminación institucional como una forma de violencia que surge de la invisibilidad, de las concepciones erróneas, y de la falta de reconocimiento de los derechos de las niñas y mujeres con discapacidad en las estadísticas que se recogen, la legislación y la práctica judicial.
2. Estudiar y dar a conocer la situación de las niñas y mujeres con discapacidad en relación con la violencia de género, cuyos efectos se manifiestan en esta población a través de un mayor índice de crímenes violentos y sexuales cometidos contra ellas, violencia machista, abortos coercitivos, esterilizaciones forzadas, trata de de mujeres…

3. Atención directa a las niñas y mujeres con discapacidad sobre sus derechos fundamentales y procesos para demandarlos, a través del trabajo de los servicios sociales y las organizaciones de mujeres y de la discapacidad, contando para ello con la elaboración de guías de defensa y de todo tipo de materiales accesibles de amplia difusión.

4. Desarrollo de programas de información, capacitación y sensibilización dirigidos a las familias, proveedores de servicios, personas que forman parte del entorno directo de las niñas y mujeres con discapacidad y representantes de las organizaciones de discapacidad y sus familias sobre sus derechos y libertades fundamentales, así como acerca de sus oportunidades para acceder a la Justicia.

5. Revisión de la legislación penal sustantiva y procesal para que resulte posible detectar las situaciones de violencia contra la mujer en el que la discapacidad haya constituido un factor relevante de la agresión, y castigar en estos casos más duramente estas conductas por la mayor vulnerabilidad de las víctimas.

6. Formación integral en materia de género y discapacidad para todas las personas que trabajan en la Administración de Justicia (jueces, fiscales, abogados, policías, personal penitenciario…), dirigida a desmantelar la errónea imagen social que de la mujer con discapacidad se tiene, poniendo en valor el nuevo paradigma centrado en su imagen positiva como sujeto de derechos y enfatizando en primer término su condición de mujer.

7. Abolir los sistemas que sustituyen la toma de decisiones, como incapacitación y el nombramiento de tutores y representantes legales, que mayoritariamente impiden el verdadero disfrute de los derechos sexuales y reproductivos de las niñas y mujeres con discapacidad, entre otros, estableciendo, por el contrario, sistemas de apoyo en la toma de decisiones que tengan en cuenta las circunstancias individuales de tales personas que, antes que nada, son mujeres.

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